La Cámara Nacional Electoral anuló el fallo que la mantenía en el padrón y ratificó que las personas con condenas firmes por delitos dolosos quedan inhabilitadas para sufragar.

En una decisión unánime, la Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió que Cristina Fernández de Kirchner no podrá votar debido a la condena firme de seis años de prisión que pesa sobre ella en la causa “Vialidad”. El tribunal revocó el fallo de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que había declarado inconstitucionales las normas que inhabilitan a los condenados.

Los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas recordaron que el Código Penal y el Código Nacional Electoral prevén expresamente la exclusión del padrón para quienes reciben penas por delitos dolosos. En ese marco, sostuvieron que la decisión de primera instancia carecía de sustento legal y se apartaba de la doctrina de la Corte Suprema.

La CNE citó los precedentes “Procuración Penitenciaria” y “Orazi” de la Corte, que marcaron límites claros a la habilitación de condenados para votar. Según esos fallos, las restricciones no pueden levantarse de manera genérica ni automática, sino que deben analizarse en un caso concreto y bajo condiciones específicas.

Uno de los puntos centrales fue que la resolución de Borruto se dictó de oficio, sin que existiera un pedido expreso de Cristina Kirchner ni del Ministerio Público. Además, no se evaluó si la participación electoral era jurídicamente viable en función del delito que motivó la inhabilitación.

Con esta resolución, Cristina Fernández de Kirchner queda formalmente excluida del padrón electoral, en línea con lo dispuesto por el Código Penal y la jurisprudencia vigente. La decisión de la Cámara sienta un precedente firme sobre el alcance de los derechos políticos de las personas condenadas por corrupción u otros delitos dolosos.

Deja un comentario

Tendencias