La demandante había dejado de percibir el beneficio previsional luego de contraer matrimonio por segunda vez. Tras divorciarse de su nuevo esposo, inició un reclamo judicial para que se le restituyera la pensión correspondiente a su primer marido, pero su pedido fue rechazado en todas las instancias de la Justicia, incluida la Corte.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible el reclamo de una mujer que pretendía recuperar la pensión por viudez de su primer esposo después de haberse divorciado de su segundo marido, en una causa iniciada en la provincia de Santa Fe. La solicitante había accedido al beneficio en 1974, pero lo perdió años más tarde al volver a casarse.
Tras su divorcio en 1992, pidió a la Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de Santa Fe que se le restituyera la prestación previsional. Sin embargo, el organismo rechazó la solicitud y la mujer decidió acudir a la Justicia, donde su planteo fue desestimado en todas las instancias judiciales.
Los tribunales santafesinos sostuvieron que la legislación provincial establece la pérdida del derecho a pensión cuando el beneficiario contrae nuevas nupcias. Aunque durante el proceso se reconoció que una norma nacional permite conservar ese beneficio en determinadas circunstancias, se concluyó que no resulta aplicable al régimen provincial. Finalmente, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso presentado al considerar que era inadmisible.






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