La Cámara de Apelación de Lomas de Zamora dejó sin efecto la medida que había suspendido durante 60 días la aplicación del nuevo régimen y que cuestionaba la baja de la edad de imputabilidad.

La Sala I de la Cámara de Apelación Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó el habeas corpus que había suspendido la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. La resolución dejó sin efecto la medida cautelar que había dispuesto una suspensión por 60 días.

El fallo había sido dictado por la jueza Marta Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Juvenil N.° 2, quien había considerado que no estaban dadas las condiciones materiales e institucionales para aplicar la normativa que establece la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Entre sus argumentos, señaló que podría aumentar de manera significativa la cantidad de adolescentes privados de su libertad.

Los jueces Miguel Carlos Navascues y Miguel María Alberdi hicieron lugar a la apelación presentada por el fiscal Hernán Ceruti y consideraron inadmisible la suspensión de la Ley 27.801 mediante una medida cautelar. El fiscal sostuvo que el habeas corpus requiere una amenaza concreta a la libertad o a las condiciones de detención y señaló que no se había identificado un joven cuya libertad hubiera sido afectada por la aplicación de la nueva normativa.

La resolución también cuestionó que la posibilidad de un incremento de adolescentes detenidos hubiera sido considerada como una certeza sin datos concretos. Pascual había planteado interrogantes sobre la cantidad de jóvenes que podrían quedar privados de su libertad y la capacidad disponible en los dispositivos provinciales, mientras que desde la Fiscalía señalaron que no se habían acreditado situaciones específicas que justificaran la suspensión.

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